El Gobierno adopta medida extraordinaria para asegurar el suministro de combustibles en Loreto

El 11 de septiembre de 2024, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) aprobó una medida excepcional para prevenir el desabastecimiento de combustibles en la región de Loreto. Esta decisión está contenida en la Resolución Directoral Nº 291-2024-MINEM/DGH, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Exoneración temporal de existencias mínimas

La medida responde a la solicitud de Petroperú, que pidió la exoneración de la obligación de mantener existencias mínimas de cinco días de despacho promedio de los combustibles Turbo A-1, Gasolinas y Diesel B5. El Gobierno ha exceptuado temporalmente a los productores y distribuidores mayoristas de Loreto que posean capacidad de almacenamiento propia o contratada de cumplir con esta normativa.

Plazos y alcance de la medida

La exoneración tiene carácter transitorio y cubre un plazo de 30 días calendario, desde el 31 de agosto hasta el 29 de septiembre de 2024. Una vez concluido ese periodo, los productores y distribuidores mayoristas tendrán 15 días adicionales para restablecer las existencias mínimas de estos combustibles, conforme al artículo 43 del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos.

Con esta medida, el Gobierno busca asegurar el abastecimiento continuo de combustibles esenciales en Loreto, región que enfrenta dificultades logísticas para mantener el suministro adecuado debido a su geografía y condiciones especiales.

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