La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a través de la Resolución Jefatural N.° 000069-2025-JN/ONPE, ha establecido qué electores podrán utilizar el voto digital de forma voluntaria en las Elecciones Generales de 2026. De acuerdo con la Ley 32270, el voto digital será obligatorio para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que, debido a su labor, se encuentren fuera de su domicilio registrado en el DNI el día de los comicios. Además de los mencionados, otros ciudadanos también podrán acceder al voto digital, entre ellos: miembros activos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú que no estén desplazados fuera de su domicilio, peruanos que se encuentren fuera del país, personal asistencial y administrativo de establecimientos de salud, tanto públicos como privados, incluyendo hospitales policiales y militares, personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), bomberos voluntarios del Perú, personal de la ONPE, JNE y Reniec, ciudadanos con discapacidad registrados en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad o que figuren como tales en el padrón electoral, y electores cuyo domicilio registrado esté en el distrito del Cercado de Lima, quienes tendrán la responsabilidad de integrar la mesa de sufragio digital.
El voto digital permitirá a los ciudadanos participar en las elecciones a través de una plataforma en línea, utilizando dispositivos electrónicos como teléfonos celulares, tabletas, computadoras de escritorio o laptops. Esto facilitará el ejercicio del derecho al voto, eliminando la necesidad de desplazarse a un centro de votación. Los votantes deberán registrarse previamente en la plataforma de la ONPE dentro del plazo estipulado. Solo aquellos con un DNIe válido y con certificados digitales activos podrán votar digitalmente. Además, los votantes deberán contar con un lector de DNIe si usan una computadora de escritorio o laptop, o un dispositivo con interfaz NFC.
La mesa de sufragio digital estará conformada por nueve miembros titulares y nueve suplentes, quienes asumirán funciones de presidente, secretario o tercer miembro, según el sorteo realizado previamente. Este sorteo se llevará a cabo al menos 70 días antes de la elección, entre ciudadanos con grado de instrucción superior registrados para el voto digital.

