En una reciente sesión, el Pleno del Congreso aprobó, en segunda votación, un dictamen que modifica la Ley N° 31307, conocido como el Nuevo Código Procesal Constitucional. Esta decisión se tomó en el marco de los proyectos de ley 4145/2022, 4672/2022-CR, entre otros, con el objetivo de fortalecer los fines de los procesos constitucionales. La votación se llevó a cabo con 72 votos a favor, 20 en contra y 8 abstenciones.
Modificaciones Específicas
El texto aprobado contempla cambios en varios artículos clave del código, específicamente en los artículos VI y VIII del Título Preliminar, así como en los artículos 6, 42, 101, 110, 111 y 112. Entre las modificaciones más destacadas se incluye:
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Precedente Vinculante: El artículo VI establece que en los procesos de acción popular, la sala competente de la Corte Suprema puede crear, modificar o derogar precedentes vinculantes con el voto conforme de cuatro jueces supremos, siempre que se alineen con las interpretaciones del Tribunal Constitucional.
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Sentencias en Procesos Competenciales: El artículo 112 especifica que la sentencia en los procesos competenciales requiere el voto conforme de cuatro magistrados. En caso de empate, el presidente del Tribunal Constitucional tendrá voto decisorio.
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Procedimiento Especial para Demandas de Amparo: Se incorpora el artículo 52-A, que detalla un procedimiento especial para demandas de amparo relacionadas con las atribuciones del Congreso sobre la elección y remoción de altos funcionarios. Este procedimiento tendrá un trámite preferente y urgente, debiendo resolverse en un plazo máximo de 60 días hábiles.
Opiniones en el Debate
Durante el debate, el legislador Fernando Rospigliosi Capurro, presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, destacó que la modificación del artículo VIII del título preliminar refuerza la protección de los derechos fundamentales en armonía con la Constitución. Indicó que esta modificación está en línea con la cuarta disposición final transitoria de la Constitución, que establece que los derechos y libertades deben interpretarse de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Por otro lado, el legislador Jaime Quito Sarmiento expresó su oposición a la propuesta, argumentando que esta busca controlar al Tribunal Constitucional y que ello podría vulnerar el equilibrio de poderes, lo que considera inconstitucional y una violación del Estado de derecho.

