La Corte Suprema garantiza igualdad en beneficios laborales para servidores públicos

La Corte Suprema de Justicia ha reafirmado el principio fundamental de igualdad en la administración pública, estableciendo que todos los servidores públicos en condiciones equivalentes deben recibir un trato justo respecto a los beneficios laborales. Esta determinación se deriva de la sentencia emitida en la Casación N° 16069-2022 Lima, donde se abordó un caso de desigualdad en el otorgamiento de incentivos.

Contexto del caso

La controversia se originó cuando una trabajadora de una universidad pública interpuso una demanda para anular una resolución que rechazaba su apelación sobre la disparidad en el pago de incentivos laborales, que afectaba a su grupo ocupacional durante el periodo de enero de 2000 a diciembre de 2013. Inicialmente, el juzgado consideró que la universidad no había compensado a la demandante conforme a lo que le correspondía, ya que reconoció que existía una diferencia en el pago de incentivos entre empleados en la misma posición.

Evaluación del tribunal

Al revisar el caso, la Corte Suprema observó que la universidad admitió la existencia de esta desigualdad y no justificó la distinción en el tratamiento a los trabajadores que cumplían funciones similares. La Corte citó el artículo 2° de la Constitución, que garantiza el derecho a la igualdad, así como el Convenio Nº 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que prohíbe la discriminación en el empleo y la ocupación.

Resolución final

En consecuencia, el tribunal declaró infundado el recurso de casación presentado por la universidad, enfatizando que el derecho a la igualdad impone a la administración pública la obligación de brindar un trato equitativo a todos los servidores públicos en condiciones similares. La Corte dejó claro que no había fundamentos válidos para negar el reintegro de los incentivos laborales solicitados por la demandante.

Observaciones adicionales

La Corte también recordó que la Ley N° 29874 fue derogada, y aclaró que el Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE) no debería discriminar entre trabajadores que se encuentran en igualdad de circunstancias, ya que esto violaría el derecho a la igualdad y la no discriminación.

0
    0
    Tu carrito
    Tu carrito esta vacio