El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha aclarado que los colegios privados en Perú deben otorgar becas integrales a ciertos estudiantes para asegurar su acceso a la educación. Esta medida se basa en la Ley 23585 y busca proteger los derechos de los consumidores en el sector educativo.
Para el año escolar 2025, los colegios privados están obligados a otorgar becas integrales a estudiantes que han quedado huérfanos de sus padres o tutores responsables de su manutención. La normativa establece que los alumnos tienen derecho a acceder a una beca integral en casos de fallecimiento, discapacidad permanente o internamiento por orden judicial del padre, madre o apoderado. Este beneficio cubre la totalidad de los costos académicos, incluyendo matrícula, pensiones, exámenes y certificados de estudio. Para obtener la beca, es necesario acreditar la pérdida del sustento económico y demostrar la falta de recursos para continuar los estudios.
Indecopi ha enfatizado que la beca integral puede ser suspendida en casos de bajo rendimiento académico o mala conducta del estudiante. La pérdida definitiva del beneficio ocurre si el alumno es expulsado de la institución educativa. Frente a la vulneración de este y otros derechos en el sector educativo privado, Indecopi pone a disposición diversos canales de atención, como el correo sacreclamo@indecopi.gob.pe, la plataforma Reclama Virtual y los números telefónicos 224-7777 en Lima y 0800-4-4040 en provincias.
En 2024, la Sala Especializada en Protección al Consumidor de Indecopi determinó que los colegios privados deben otorgar becas integrales a los estudiantes que cumplan con el requisito específico de haber quedado huérfanos. Esta medida busca asegurar la continuidad educativa de los menores en situación de vulnerabilidad. Indecopi supervisa el cumplimiento de normas en distintos sectores, incluyendo el educativo, y aplica sanciones ante infracciones a la legislación vigente.

