El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Reglamento de la Ley N.º 27613, que regula la Participación en Renta de Aduanas (PRA), mediante el Decreto Supremo N.º 104-2025-EF. Este reglamento define el procedimiento y metodología para distribuir los recursos provenientes de la renta aduanera a nivel nacional.
Según la norma, las municipalidades de provincias donde operen Aduanas Marítimas, Aéreas, Postales, Fluviales, Lacustres o Terrestres recibirán no menos del 3 % de lo recaudado. La distribución general del 100 % de la PRA se realiza así:
- 40 % según la población de cada municipalidad.
- 10 % según su extensión territorial.
- 50 % dividido equitativamente entre las municipalidades de cada provincia.
Distribución especial por provincia:
- Callao:
- 10 % al Fondo Educativo.
- 45 % a las municipalidades, según criterios del reglamento.
- 45 % al Gobierno Regional.
(Ver Anexo Metodológico N.º 2)
- Huaral:
- 20 % al Fondo Social para el Desarrollo de Chancay.
- 80 % a las municipalidades de Huaral, según criterios establecidos.
(Ver Anexo Metodológico N.º 3)
- Otras provincias:
- El 100 % se reparte entre sus municipalidades siguiendo los criterios generales.
(Ver Anexo Metodológico N.º 1)
- El 100 % se reparte entre sus municipalidades siguiendo los criterios generales.
El reglamento tiene ocho artículos, dos disposiciones finales y tres anexos metodológicos que detallan los procesos para aplicar estas disposiciones.

