Una nueva ley, la N° 32353, publicada en mayo de 2025, busca simplificar la formalización y fortalecer la competitividad de las micro y pequeñas empresas (mypes) en Perú. Esta legislación integral reconoce el papel vital de las mypes en la economía y el empleo, introduciendo medidas para mejorar su acceso a mercados, financiamiento, y beneficios laborales y de seguridad social.
La ley abarca a la mayoría de las mypes, tanto formales como en proceso de formalización, excluyendo a aquellas vinculadas a grandes grupos económicos o que operen en sectores no compatibles. Para la formalización, permite que las microempresas operen inicialmente como personas naturales, promueve la evolución a formas societarias más avanzadas, y establece un procedimiento digital y gratuito de constitución en solo 48 horas, integrando varias entidades estatales. También se fortalecerán los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE) para ofrecer asesoría gratuita.
En cuanto a la capacitación, el Estado, a través de Produce, diseñará planes de asistencia técnica y tecnológica, fomentando la creación de carreras y programas específicos en universidades e institutos para profesionalizar a los empresarios mype.
Para el acceso a mercados, la ley fomenta la asociatividad entre mypes, facilita su participación en compras públicas y ferias, y promueve su internacionalización.
En apoyo a la gestión, se impulsará la adopción de sistemas de gestión de calidad y se crearán fondos para cofinanciar emprendimientos innovadores. El distintivo «Marca Perú Emprendedor» reconocerá productos con criterios de sostenibilidad.
El financiamiento se facilitará mediante la canalización de fondos y garantías a través de Cofide, Banco de la Nación y Agrobanco, además de permitir la cesión de derechos de cobro y exigir el pronto pago por parte del Estado.
En el ámbito tributario, se introduce un crédito tributario por capacitación para ciertas mypes, permitiendo deducir hasta el 1% de su planilla anual.
Respecto al régimen laboral, la ley asegura los derechos laborales fundamentales para todos los trabajadores de mypes, independientemente de su tamaño. Para la pequeña empresa, se especifican beneficios como SCTR, seguro de vida, participación en utilidades, CTS y gratificaciones. La permanencia en el régimen especial es permanente, con un periodo de gracia si la empresa supera los límites de ventas. Las normas sobre jornada laboral, descansos y vacaciones se mantienen. La indemnización por despido injustificado también tiene reglas específicas.
La fiscalización laboral será progresiva y educativa, priorizando el acompañamiento y la capacitación antes que las multas en las primeras infracciones.
Finalmente, en salud y pensiones, los trabajadores de microempresas se afiliarán al régimen semicontributivo del SIS, y los de pequeñas empresas a EsSalud. Se podrá optar por el Sistema Nacional o Privado de Pensiones, y se crea el Sistema de Pensiones Sociales para trabajadores de microempresas sin afiliación previa. El Ministerio de la Producción será el órgano rector, coordinando un consejo multisectorial y consejos regionales para la implementación de estas políticas.

