Junta Nacional de Justicia decidirá sobre la destitución de Janet Tello, presidenta del Poder Judicial

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) ha notificado a la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, y a cuatro jueces supremos titulares sobre el inicio de un proceso disciplinario inmediato por presunta falta grave. Esta decisión ha generado preocupación en el Poder Judicial y en el ámbito jurídico nacional, ya que se considera que pone en riesgo la independencia del Poder Judicial y la autonomía de los jueces.

La resolución de inicio del proceso, firmada por el presidente de la JNJ, Gino Ríos Dávila, tiene fecha del 24 de febrero de 2025 y fue notificada el 26 de febrero de 2025. En el documento, se informa a la presidenta del Poder Judicial y a los jueces supremos Edwin Corrales Melgarejo, Carlos Calderón Puertas, Omar Toledo Toribio y Rosa Dávila Broncano que tienen un plazo de 10 días hábiles (14 días naturales) para apersonarse al proceso y presentar sus descargos. Este plazo va desde el 27 de febrero hasta el 12 de marzo de 2025.

De acuerdo con el procedimiento especial, después de que se presenten los descargos y las explicaciones del caso, la Junta convocará a una audiencia para escuchar a los magistrados y tomar una decisión final de inmediato: destitución, sanción menor o archivo. Tanto la destitución como la sanción menor de suspensión temporal en el cargo descabezarán al Poder Judicial, apenas dos meses y medio después de que Tello Gilardi asumiera funciones. Además, teniendo en cuenta que el cargo de presidente del Poder Judicial dura dos años, aun cuando luego se corrija la decisión, se bloquearán todas sus propuestas de trabajo.

El Colegio de Abogados de Lima y diversos grupos académicos han tachado de peligrosa y preocupante la decisión del nuevo colegiado de la Junta Nacional de Justicia. La impresión es que esta decisión respondería a los intereses políticos de los grupos parlamentarios que respaldaron la actual composición de la Junta. El Colegio de Abogados de Lima expresó su rechazo enérgico a cualquier intento de menoscabar la independencia del Poder Judicial y la estabilidad de sus magistrados. La decisión de la JNJ de iniciar un procedimiento disciplinario inmediato, basándose en una supuesta invocación errónea de una norma derogada, genera preocupación en la comunidad jurídica y en la ciudadanía en general.

Este tipo de medidas disciplinarias, subrayó el Colegio de Abogados de Lima, no deben utilizarse como mecanismos de presión política ni como herramienta para debilitar la independencia de los jueces. La institucionalidad democrática exige el respeto a la separación de poderes, garantizando que las decisiones jurisdiccionales se adopten en un ambiente libre de injerencias externas.

La resolución notificada al Poder Judicial indica que el acuerdo para iniciar el proceso disciplinario inmediato se tomó por 4 votos contra 3 el pasado 10 de febrero. Los consejeros que votaron a favor de iniciar el proceso fueron: Gino Ríos Patio, presidente de la JNJ, María Teresa Cabrera Vega, presidenta de la Comisión de Procesos Disciplinarios y ex congresista de Podemos Perú, Víctor Chanduví Cornejo y Rafael Ruiz Hidalgo. Por su parte, los consejeros Francisco Távara Córdova, Jaime de la Puente Parodi y Germán Serkovi González se pronunciaron en contra del inicio del proceso disciplinario. Távara Córdova opinó que el proceso disciplinario era un proceso excepcional para conductas notoriamente irregulares y faltas muy graves susceptibles de ser sancionadas con la destitución. Francisco Távara explicó que la presunta irregularidad que se denuncia no proviene de una conducta notoriamente irregular, sino de un pronunciamiento jurisdiccional y que en otros casos similares la JNJ ha descartado este tipo de proceso sumarísimo contra magistrados. Además, enfatizó que en el presente caso no se configura un «caso de grave connotación nacional, como ocurrió con los procesos disciplinarios derivados del escándalo de los Cuellos Blancos del Puerto».

De acuerdo con fuentes judiciales, la demora en notificar se debe a la falta de una debida motivación para el proceso inmediato. La resolución de inicio de la investigación solo indica que el procedimiento se inicia a partir de la denuncia del coronel PNP en retiro Julio Ramón Cadenillas Díaz. Este personaje, expulsado de la policía por una presunta falta ética, aduce que utilizaron una ley derogada para rechazar el recurso de casación que busca su reincorporación en el cuerpo policial.

La Junta Nacional de Justicia argumenta que los jueces supremos habrían cometido la falta grave de no motivar las resoluciones judiciales o inobservar inexcusablemente el cumplimiento de los deberes judiciales al haber supuestamente utilizado una norma derogada para rechazar la demanda de Cadenillas Díaz. Conscientes de las críticas que genera su decisión, la JNJ explica que el proceso inmediato busca determinar la existencia de una responsabilidad funcional, lo cual no constituye un adelanto de criterio sino lo contrario, tiene el propósito de determinar en estricto respeto de la presunción de licitud si los hechos configuran o no una inconducta funcional.

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